Las inquietudes, tanto jurídicas como sociológicas, y porque no, incluso filosóficas, tienen cabida en este blog que pretende preguntarse por los aspectos más radicalmente vitales de la cotidianeidad contemporánea y de su impregnación en el acontecer individual.
Respecto a algunas dudas que han
surgido a clientes del despacho y que deben tenerse en cuenta.
- Si eres Administrador de una SL
y al mismo tiempo has avalado personalmente créditos de la empresa, cosa que es
bastante común, y la empresa va a entrar en concurso, cuidado con pagar
prioritariamente esos créditos que has avalado saltándote la par conditio creditorum, y así librar tu
patrimonio personal de ese aval, porque el concurso puede ser calificado de
culpable y acarrear graves responsabilidades a este administrador.
- Existe la creencia en algunas
empresas que para aprobar en Junta General las cuentas anuales tienen que estar
aprobadas las de los años anteriores. Pues no, no es necesario. Otra cosa son
los efectos que tuviese el cierre registral por la falta de depósito de las
mismas en el Registro Mercantil. Pero esta es otra cuestión.
En muchas ocasiones, en esa
situación de ansiedad en la que entra el empresario, agobiado por los
acreedores que lo apremian a pagar, sabedores todos ellos que si presionan de
alguna manera fuerzan la priorización de su deuda, y en el afán voluntarioso de
continuar con la actividad empresarial cueste lo que cueste, se le olvida al
empresario toda una serie de aspectos legales que debe tener en cuenta. El
sentimiento de derrota se apodera de él, siente que debe luchar hasta el final
y que la solución siempre es remar hacia delante, cueste lo que cueste, morir
en el intento. Como el marino que se aferra a su barco cuando naufraga, como si
fuera la única oportunidad, y el desprenderse de ese barco, fuera en realidad
la única manera de llegar a puerto y embarcarse en una nueva aventura. Pero
para dejar el barco de tal manera que se tenga esa oportunidad, la de
embarcarse en una nueva aventura que esta vez sí llegue a buen puerto, es
necesario ponerse el salvavidas y saltar del barco antes de que el oleaje
producido por el hundimiento le lleve a las profundidades del mar. Para ello la
ley, de una forma quizás menos poética ha establecido sus medidas y reglas que
el empresario debe tener en cuenta. Especialmente cuando ese empresario es
administrador de la empresa.
La actuación del empresario
administrador está ligada a una serie de responsabilidades cuyo incumplimiento
trae como consecuencia diversas situaciones y posibilidad de acciones en su
contra que le pueden acarrear perjuicio patrimonial. El artículo 236.1 de la Ley
de Sociedades de Capital establece el deber de diligencia y de buena fe al
administrador en el ejercicio de su cargo. La infracción de tal deber genera (y
de otros) la posibilidad de que los perjudicados por la contravención de sus
deberes accionen en su contra demandándole por daños y perjuicios. Es decir,
todos los que pudiesen tener un perjuicio están legitimados para interponerle
una demanda que en puridad es de responsabilidad civil por actos contrarios a
la Ley, a los Estatutos de la sociedad o por incumplimiento de los deberes
inherentes al desempeño del cargo de administrador. Es decir, socios, terceros,
acreedores, incluso la propia sociedad, están legitimados para ello. Y los
deberes de su cargo son muchos y heterogéneos, y algunos vienen establecidos de
forma literal en la Ley de Sociedades de Capital, como son el deber de lealtad,
diligencia, la prohibición de utilizar el nombre de la sociedad o el cargo de
administrador en beneficio propio, el deber de secreto, diferentes situaciones
de conflictos de intereses, y bueno, una larga casuística. Pero esto solo es
una parte de los casos en la que la responsabilidad del administrador está en
juego. Este caso que acabamos de explicar solo se reconduce a las acciones por
daños y perjuicios para el caso de que el administrador actuara de forma
contraria a la ley o los estatutos, pero de una forma genérica, y requiere que
se hayan producido unos daños, y que exista un nexo causal entre la acción del
administrador y los daños producidos. Es decir, si por una “pirula” del administrador
la sociedad va a pique y los acreedores no pueden cobrar, cuidado, el
administrador puede que tenga que hacerse cargo de los daños producidos, y esto
solo es un ejemplo. Además, aún queda por explicar el meollo de la cuestión, la
responsabilidad derivada de las acciones sociales puramente dichas, es decir,
la contravención de ciertas obligaciones del administrador que acarrean
problemas de otra índole y que pueden hacerle ser obligado solidario de todas
las deudas de la sociedad. Pero eso será en una próxima entrada.
Vamos a poner el caso de que para
abrir nuestra empresa hicimos una inversión importante, y que para ello fuimos
al banco y solicitamos un crédito. El negocio no ha funcionado, los clientes
han dejado de acudir, ya no están interesados en el producto, y los gastos,
aunque los hemos reducido de una forma milagrosa siguen siendo superiores a los
ingresos. Además los ingresos, al no existir inversión en publicidad y en
mejoras, cada vez se ven más reducidos. Destinamos todo lo que tenemos a pagar
deudas y olvidamos como conseguir ingresos, y los ingresos van menguando y
menguando hasta que los gastos se han reducido tanto que es imposible reducirlos
más, al igual que los ingresos. En tal caso morimos de inanición. ¿Qué deberíamos
hacer? NUNCA DEDICAR TODOSNUESTROS INGRESOS AL PAGO
DE LAS DEUDAS, eso es un error. Naturalmente que el banco te va a decir que lo
que mejor puedes hacer es pagar las deudas, para así, tener buena imagen y si
te encuentras en dificultad se ofrecen a refinanciar la deuda a un interés
altísimo. Eso tiene como final la muerte de la empresa y la muerte de tu
patrimonio personal. Solo ganan los bancos en ese caso.
Necesitamos la confección de un
Plan de Empresa, y si la empresa no funciona hay que cerrar bien cerrado,
disolver la sociedad, instar concurso de acreedores si es el caso, o buscar la
solución que para cada caso sea la más correcta, pero siempre debemos priorizar
si tenemos la intención de continuar la actividad y no destinar todo al pago de
la deuda, es necesario dar de comer algo de inversión a la empresa con una
política de crecimiento, para conseguir ingresos. En parte esto se parece un
poco a la macro-política que estamos viendo en Europa últimamente. Tenemos que
tomar decisiones valientes pero no irreflexivas, hay que meditar pero no perder
el tiempo, y si algo no funciona pasar página y a lo siguiente.
La identificación del problema
que tiene nuestra empresa es imprescindible para poder encontrar la solución.
Puede parecer que esta afirmación es una obviedad, pero cuando estamos inmersos
en una debacle de infortunios empresariales solo se piensa en cómo conseguir
dinero para pagar nuestras deudas y aguantar nuestra empresa un día más.
La identificación del problema
nos permite observar si el problema que tiene nuestra empresa es meramente
circunstancial o tiene un calado más estructural, y en este último caso si
surge por nuestra mala gestión, por nuestra mala planificación o error en
nuestra organización, o es que nuestra empresa no tiene cabida en el mercado.
Nuestra toma de decisiones dependerá de haber diagnosticado correctamente el
problema. Una cosa tenemos que tener clara, si la empresa no funciona, si no
tenemos lugar en el mercado, si el mal momento no es por errores de gestión que
permitan reconducir la situación hay que tener decisión y tomar decisiones
valientes y no dejar transcurrir el tiempo, porque el tiempo por sí solo no
soluciona los problemas de la empresa. Si la empresa no funciona tenemos que
cerrar. Eso sí, no vale cerrar de cualquier manera, el tomar las decisiones a
tiempo permite al empresario el poder hacer las cosas bien. Y ¿por qué hacer
las cosas mal si las cosas se pueden hacer bien? , ¿otra obviedad verdad? Pues no,
casi siempre se hacen mal.
Durante estas últimas semanas
hemos estado recibiendo en el Despacho diversas consultas y dudas con respecto
a una problemática que está atacando a muchas empresas, y muy especialmente a
muchas pequeñas empresas que ven peligrar su negocio. La reducción del número
de clientes, los impagos, y toda una casuística variada de circunstancias están
poniendo entre la espada y la pared a un número importante de empresas, y al
empresario que las dirige. Se acumulan las deudas con los proveedores, los
clientes pagan tarde y mal cuando los hay, y los saldos negativos en las
cuentas se van acumulando.
Muchas de ellas tienen la configuración
de Sociedades de Responsabilidad Limitada. La razón por la que algunos de estos
empresarios eligieron esta forma es principalmente porque les parecía más
segura para su patrimonio personal, y les parecía que sus actuaciones quedaban
circunscritas al mapa de la personalidad jurídica que representa la sociedad
mercantil.
Pero eso no es cierto, como están
muchos de ellos aprendiendo ahora, por el camino más doloroso. Una sociedad de
responsabilidad limitada tiene un órgano de administración, unos socios, y pueden
tener, además, apoderados y gerentes. Pues bien, todos estos, en distinta
medida pueden verse involucrados en las consecuencias de una eventual
insolvencia o incumplimiento de pagos de la sociedad de responsabilidad
limitada. Los que se configuran como autónomos tampoco están exentos de
riesgos, todo lo contrario.
En las próximas entradas vamos a
intentar acercar la realidad legal de estas situaciones, explicando que ocurre
en estos casos, y cuál debería ser las actuaciones de cada uno de los intervinientes,
y qué soluciones se podrían ir dando para cada momento crítico que se va
produciendo.
Intentaremos dar algunos consejos
prácticos y sencillos sin intención sistemática y con la finalidad de intentar
ayudar a encontrar la salida a las distintas dificultades que la empresa se va
encontrando en el día a día. Se trata de facilitar el proceso de toma de decisiones
y procurar integrar una acción preventiva para todas estas circunstancias, que
en ocasiones, aparecen en cadena, y en muchos casos son unas consecuencia de
las otras.
Se aceptan sugerencias y
preguntas concretas, intentaremos darle la solución que creemos puede ser la
mejor.